viernes, 29 de octubre de 2010

INJURIAS INGENIOSAS


Las relaciones familiares son protagonistas continuas en el ámbito judicial. No sólo en la jurisdicción civil (divorcio, alimentos, herencias…), sino también desde hace algún tiempo en la jurisdicción penal por el mayor castigo que se ha dispuesto para los delitos o faltas que se producen en el ámbito familiar (violencia de género), pasando incluso de falta a delito determinados tipos como las amenazas leves y las lesiones que no requieren tratamiento médico ó quirúrgico.


Sin embargo un tipo que no ha pasado de falta a delito, aunque si se ha incrementado su penalidad como falta, es el tipo penal de injurias leves en el ámbito familiar. No sé porqué razón no ha seguido el mismo camino que las amenazas y las lesiones, pero tal vez sea por reconocer la originalidad de algunas de esas expresiones injuriosas que los maridos cornudos profieren contra sus esposas cuando éstas son descubiertas con las manos en la masa, como la que recoge la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 31 de enero de 1992: “puta, zorra, que no tienes bastante con lo de un perro, necesitas el cipote de un caballo…”

lunes, 25 de octubre de 2010

¿CLIENTE Ó CONTRARIO?

A veces en los juicios tienes en contra hasta tus propios clientes.

Resulta que estando con el cliente a la espera de entrar a un juicio penal llegaba la hora señalada para el comienzo y nuestro testigo no aparecía. Le llamamos al teléfono varias veces pero no contestaba . Así que le digo al cliente que se vaya olvidando de uno de los testimonios que podíamos utilizar en su defensa.

Empieza el juicio y durante el interrogatorio de mi cliente le suena el teléfono hasta tres veces consecutivas y porque la juez ya la última le dijo que lo apagara.

Llega la hora de la declaración de nuestro testigo. La agente le llama a viva voz pero no aparece. Ante la falta de comparecencia pido la suspensión del juicio ya que era una prueba que había sido admitida previamente y el testigo había sido citado judicialmente. Por supuesto la juez y el fiscal se niegan a suspender. Hago constar mi protesta formalmente, pero con eso me quedo.

Termina el juicio y al salir me encuentro al testigo en la puerta. ¡No me lo puedo creer¡. Me dice que ha estado en las oficinas del juzgado esperándonos, que ha preguntado a los funcionarios y no le han sabido indicar. Que nos ha estado llamando y no le hemos cogido el teléfono.

Miro a mi cliente y me dice que si , ¡que era quien llamaba durante el juicio¡.

Entro a la sala de nuevo y le explico la situación a la juez, que el testigo está fuera y lo que le ha pasado. No quiere saber nada del tema, ya ha pasado página y está leyendo los autos del siguiente juicio. Hasta tres veces le insisto pero nada no quiere tomarle declaración al testigo, dice que el juicio ya ha terminado y que el testigo no ha comparecido cuando ha sido llamado.

Hubiera sido tan fácil que mi cliente durante el juicio me hubiera hecho la más mínima indicación de que quien le llamaba era el testigo para que yo lo hubiera hecho saber al juez cuando fue llamado, pero a veces, como he dicho al principio, no solo nos ayudan los clientes sino tienen comportamientos contrarios a sus intereses.

Por supuesto mi cliente fue condenado y el recurso de apelación que formulé contra la sentencia contando la película, no sirvió para nada.